¿Qué gastos hay que asumir en la compra-venta de una vivienda? - Propiedades Venezia

¿Qué gastos hay que asumir en la compra-venta de una vivienda?

Cuando nos decantamos por adquirir una vivienda, debemos de saber que nos llevará un tiempo, tanto hasta encontrar el piso perfecto como para tener todos los documentos necesarios.

Todo ello nos lleva a soportar unos gastos extras al precio del inmueble, que serán asumidos por ambas partes, tanto por el comprador como por el vendedor.

Para la compra de un inmueble nuevo, el gasto principal que hay que afrontar además del valor del inmueble, es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). El porcentaje de éste varía en función del tipo de vivienda: si se trata de una vivienda de régimen general habrá que abonar un 10% de IVA, mientras que si es de régimen especial como las de Protección Oficial, tan solo será un 4% del total.

En el caso de viviendas de segunda mano, como son las que ofrecemos desde , el gasto principal que habrá que asumir además del valor del inmueble, es el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos (ITP). Este impuesto, varía en función del precio de la vivienda, pero de media suele ser del 7%. Sin embargo, hay una parte de la población que puede exentarse de una parte de este porcentaje, como, por ejemplo, familias numerosas, personas con discapacidad, menores de 35 años y mujeres víctimas de violencia de género.

Además, en caso de que se adquiera una hipoteca, el comprador tendrá que asumir también una serie de gastos que dependerán de cada caso particular.

Por otro lado, como comentábamos anteriormente el vendedor tampoco se libra de asumir una serie de impuestos y gastos que deberá conocer para evitar desagradables sorpresas:

  • El impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF). Se paga al año siguiente a la venta de la vivienda, y se calcula en función de la ganancia patrimonial que se obtiene por la venta de la vivienda.
  • El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTU) o plusvalía municipal, depende de cada ayuntamiento y depende del aumento de valor que ha tenido el suelo desde que compramos la vivienda hasta que la vendemos.
  • El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), se paga anualmente por ser propietarios, independientemente de que haya venta o no. Según la ley, lo debe afrontar aquel que aparece como titular de la vivienda el día 1 de enero.

Finalmente, ambas partes tienen que asumir otros gastos como son la notaría, el Registro de la Propiedad y la gestoría. Dependiendo de la posición que se ocupe (vendedor/comprador) tendrán que pagar un porcentaje u otro.

En Zaragoza, el promedio de gastos extras tras la compra de un inmueble, puede suponer alrededor del 10% del importe de la transacción.

Desde Propiedades Venezia te asesoramos a lo largo de todo el itinerario, te ayudamos a conseguir la documentación necesaria y a llegar al precio más ajustado de tu presupuesto. No te quedes con dudas y ante cualquier problema e incertidumbre que pueda surgir, contacta con nosotros a través de: la web (www.propiedadesvenezia.es), teléfono (876 008 827 – 626 390 169) o nuestra oficina (calle Francisco Vitoria 2, Zaragoza).

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